Proponen endurecer los controles sobre las exportaciones litíferas

La propuesta es del exdirector de Aduanas Guillermo Michel en el marco del tratamiento de la "Ley Ómnibus". En su gestión se descubrieron irregularidades de Livent y Zijin-Liex.

Interés General15/01/2024TELEDIARIO.COM.ARTELEDIARIO.COM.AR
Litio catamarqueño.
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En el marco del tratamiento de la "Ley Ómnibus" por parte del Congreso Nacional, el exdirector de Aduanas Guillermo Michel propuso endurecer los controles a las empresas litíferas en lo que hace a sus exportaciones y que de esta forma paguen los impuestos en el país de acuerdo con los valores de mercado. Michel propone un sistema de precios mínimos de referencia para el comercio exterior y un esquema de registro de contratos para que las empresas “valúen correctamente” sus exportaciones y así el Estado pueda cobrar los impuestos sobre esas operaciones sin subfacturación de ventas al exterior.

El planteo del exfuncionario de la gestión de Alberto Fernández y cercano al exministro de Economía Sergio Massa toma relevancia teniendo en cuenta los dos casos testigo detectados en su gestión vinculados a las empresas litíferas que operan en Catamarca, Livent y Zijin-Liex. Ambas firmas quedaron en el ojo de la tormenta al descubrirse que realizaron maniobras irregulares en su facturación para de esta forma tributar de menos en el país.

Mediante una serie de publicaciones en sus redes sociales, el exfuncionario planteó que para Argentina "la cooperación en minerales críticos con otros países es fundamental para la transición a la energía limpia, potenciar las inversiones en infraestructura y hacer crecer las exportaciones para acumular reservas".

En este sentido, dijo que "es muy importante que capitales extranjeros inviertan en Argentina", sin embargo indicó que este proceso requiere "que las empresas extranjeras que operan en nuestros países valúen correctamente sus exportaciones y paguen los impuestos en nuestro país acorde a transacciones a precios de mercado".

Para el exfuncionario, "aprovechando la modificación extensa que se está haciendo al marco normativo/tributario de nuestro país a través de la Ley Ómnibus, resultaría necesario incorporar herramientas que fortalezcan la posición del Estado argentino respecto de la operatoria de comercio exterior de las empresas exportadoras de litio, como ser precios índices FOB (libre a bordo) o precios mínimos y un registro de contratos, entre otras cuestiones".

En este contexto, propuso dos alternativas para modificar el Código Aduanero actual. En la primera de las propuestas sostiene que el Poder Ejecutivo debería tener facultades para “implementar un registro de los contratos” relacionados a la exportación de los productos de las empresas (en este caso las litíferas), que debería “incluir la modalidad contractual que se hubiere pactado, las pautas de fijación del precio y sus cláusulas de revisión y ajuste”.

También aseguró que debería tener en cuenta “las diferencias de comparabilidad que generen divergencias con la cotización de mercado relevante para la fecha de registro de la solicitud de destinación de exportación para consumo, o los elementos considerados para la formación de las primas o los descuentos pactados por sobre la cotización”.

La segunda opción que pone a debatir Michel es que directamente el Ejecutivo pueda “fijar precios índices FOB, fijos o mínimos cuando se tratare de exportación de mercaderías, cualquiera sea su modalidad de venta, que no tuvieren cotización internacional conocida en mercados transparentes, pudiendo a tal efecto implementar un registro de los contratos celebrados con motivo de tales operaciones” y añadió que "la reglamentación deberá contemplar que en el mencionado registro se incluya la modalidad contractual que se hubiere pactado, las pautas de fijación del precio y sus cláusulas de revisión y ajuste".

Para el exdirector general de Aduanas, “la aplicación del precio índice, valor FOB de venta, valor FOB mínimo o equivalente constituirá la base mínima para el ingreso de las divisas correspondientes por los valores que hubieren sido documentados ante el servicio aduanero”.

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