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El texto ingresó este miércoles a Diputados. Llega después de las negociaciones con los gobernadores. No incluye cambios en áreas sin consenso, como el tabaco
Economía19 de abril de 2024El gobierno nacional envió este miércoles al Congreso su nuevo paquete fiscal conformado por 102 artículos bajo el título: “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”. Llega tras varias reuniones con los gobernadores aliados del Poder Ejecutivo y algunos opositores.
l proyecto reemplaza al paquete que, con el mismo tema, integró el proyecto de ley Ómnibus hasta que el gobierno -por boca del ministro de Economía, Luis Caputo- decidió retirarlo para facilitar la votación de las facultades legislativas delegadas por el Congreso. Pero así tampoco prosperó el proyecto y a principios de febrero, el oficialismo lo retiró del debate.
Las medidas fiscales “paliativas y relevantes” contenidas en este nuevo paquete fiscal tienen un sentido concreto al premiar a los evasores, reducir la carga fiscal sobre los más ricos y volver a imponer tributos al salario.
El paquete está constituido por un blanqueo fiscal que incluye tanto las obligaciones tributarias como las aduaneras y las de la seguridad social (Título I); una moratoria (Título II); modificaciones al impuesto sobre los bienes personales (Título III); eliminación del impuesto a la transferencia de inmuebles (Título IV); la reimposición del “impuesto a las ganancias” a asalariados (Título V); cambios en el monotributo (Título VI); y la diferenciación en el ticket de compra de la parte correspondiente a los impuestos (Título VII).
A pesar de todo lo que se habló al respecto, el gobierno dejó afuera el impuesto al tabaco, entre otros asuntos espinosos que provocaban divisiones dentro del bloque legislativo de La Libertad Avanza o de los socios del PRO y los partidos colaboracionistas.
Justificando la evasión.
El gobierno estableció su mirada sobre la cuestión tributaria en los fundamentos del proyecto, en una suerte de repetición de los credos que ya ha expresado antes el presidente Javier Milei.
Por caso, señala: “El sistema fiscal argentino registra una de las mayores tasas de presión fiscal en el mundo cuando se analiza el sector formal de la economía. La existencia de numerosos impuestos distorsivos dificulta y margina a muchos individuos, empresas y emprendimientos del sector formal. Ello derivó en un incumplimiento de obligaciones fiscales por parte de estas empresas”.
No han sido muchas las veces en que desde el propio gobierno que debe fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, se justifica su incumplimiento. Este es el caso.
Respecto de la reducción del impuesto a los bienes personales, en los fundamentos se señala: “Resulta evidente que un tributo patrimonial cuya alícuota máxima actual alcanza el DOS COMA VEINTICINCO POR CIENTO (2,25 %) resulta excesivo a la luz de las garantías constitucionales de capacidad contributiva y no confiscatoriedad que rigen nuestro sistema fiscal, ya que en muchos casos implicaría la absorción de una parte sustancial de la renta de los activos gravados e, incluso, podría resultar en la pérdida paulatina del capital productor de renta”.
Sin embargo, a la hora de justificar el regreso de la imposición del impuesto a las ganancias a los salarios, el proyecto reconoce que esa iniciativa “tiene por fin recomponer los ingresos fiscales eliminados entre agosto y diciembre de 2023”, un criterio fiscalista que no pesa a la hora de reducir bienes personales. El anzuelo para que los legisladores aprueben este título es que cambiarán las escalas con las alícuotas a aplicar sobre el excedente sujeto al pago del tributo. Si prospera esta medida, casi un millón de asalariados volverán a pagar el tributo.
Además, el gobierno prometió que “durante el transcurso del año 2024 el Poder Ejecutivo Nacional presentará una reforma integral del sistema tributario con el fin de simplificarlo, lograr un aumento de la base de contribuyentes registrados e ir reduciendo la presión fiscal a partir del 1° de enero de 2025 en adelante, en la medida en que se cumpla con los objetivos planteados en cuanto a obtener un superávit fiscal durante el transcurso del presente año”.
Detalles.
El blanqueo plasmado en la iniciativa oficial plantea un plazo para adherir hasta el 30 de abril de 2025, aunque podría extenderse hasta julio. Los bienes a regularizar incluyen desde dinero, inmuebles, acciones o títulos hasta criptomonedas. Se habilita el blanqueo de hasta U$S 100.000 sin ninguna penalidad.
Respecto de ganancias, se fija un mínimo no imponible en $ 1,8 millones para los solteros y en $ 2,2 millones para los casados con hijos. Además, los montos se ajustarán anualmente, a partir del año fiscal 2025, inclusive, por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC), indica la iniciativa sobre la actualización de los pisos salariales por los cuales se comenzaría a tributar.
Respecto al impuesto a los bienes personales, además de la reducción de la alícuota al 0,25%, el proyecto incluye la posibilidad de anticipar el pago del impuesto hasta el año 2027 inclusive, lo que llevaría a que si la alícuota se incrementase en algún momento de acá hasta final de ese año, no podría aplicar sobre aquellos que ya lo pagaron.
MOTOR ECONÓMICO.-
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