Ley Ómnibus: uno por uno, los cambios que aceptó el Gobierno para conseguir los votos necesarios

La Casa Rosada negoció las modificaciones con la oposición dialoguista. Todo lo que tenés que saber.

Politica22/01/2024TELEDIARIO.COM.ARTELEDIARIO.COM.AR
Javier Gerardo Milei.
Javier Gerardo Milei.

El gobierno de Javier Milei cedió a las presiones de la "oposición dialoguista" y envió este lunes al Congreso de la Nación el nuevo texto del proyecto de Ley Ómnibus con las modificaciones negociadas con ese sector del arco político.

Entre las modificaciones que el Ejecutivo aceptó introducir en el mega proyecto se incluye que las delegaciones legislativas al Presidente de la Nación se redujeron a un año y se incorporó una fórmula de ajuste jubilatorio por inflación.

Capítulos como el de la salud mental, los cambios a la ley de sociedades, el traspaso de la Justicia nacional a CABA y parte de la reforma electoral salieron del articulado y se tratarán en sesiones ordinarias.

Uno por uno los cambios a la Ley Ómnibus
* El Gobierno aceptó reducir el plazo de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, de salud, tarifaria, energética y administrativa y de las delegaciones legislativas a un año, con la posibilidad de prorrogarlas por un año más con aprobación del Congreso. El proyecto original establecía dos años con dos de prórroga.

* Movilidad jubilatoria: se dispuso que hasta marzo se va a mantener el ajuste trimestral bajo la fórmula actual.  A partir de abril, habrá una “actualización automática por inflación mensual”, en base al último dato de inflación disponible del INDEC.

* Privatizaciones: La petrolera estatal  YPF quedó fuera del listado de empresas a ser privatizadas. Para Nucleoeléctrica, Banco Nación y ARSAT se estableció que el Estado solamente puede realizar una privatización parcial, debiendo mantener el control de la empresa.

* Reuniones de tres personas: el Gobierno eliminó el polémico artículo 331 de la ley ómnibus que establecía que se debía pedir autorización para una manifestación y definía que se trataba de la “congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público”.

* Reforma electoral: Los artículos se eliminaron del proyecto y se dará en sesiones ordinarias el debate de las circunscripciones uninominales, las PASO y la actualización de la composición de la Cámara de Diputados.

* Blanqueo de capitales: En el nuevo proyecto se establece que los sujetos no residentes que adhieran al Régimen de Regulación de Activos no podrán declarar bienes que se encuentren a nombre de terceros. Quedan excluidos del blanqueo los funcionarios que se hayan desempeñado en el rol en los últimos 5 años. Se establece que lo recaudado por Impuesto Especial de Regularización se destinará a la capitalización del Banco Central.

* Código Civil y Comercial: El Gobierno debió retirar su intención de modificar sustancialmente el Código Civil y Comercial. Se eliminaron de la Ley las modificaciones a los artículos 804, 887, 888, 911, 912, 994, 1002, 1004, 1011, 1014, 1056, 1082, 1528, 1539, 1641, 1642, 1643, 1649, 1741, 1754, 1796, 2000, 2038, 2047, 2089, 2207, 2331, 2332, 2333, 2334, 2468, 2542 y 2546.

* Se mantiene el capítulo de contratos “solo a los fines de acrecentar la libertad económica de las partes”.

* Retenciones: El nuevo proyecto establece en 0% las retenciones para las economías regionales, un reclamo de los gobernadores.

* Pesca: Se retira la palabra “internacional” del sistema de asignación de cuotas pesqueras, que había generado el rechazo del sector y de los gobernadores patagónicos.

* INCAA: Se deroga la modificación del artículo 21 y se mantiene la asignación específica para el Instituto Nacional De Cine Y Artes Audiovisuales, que seguiría recibiendo un monto de recursos de manera automática.

* Fondo Nacional de las Artes: Se deja de propiciar su cierre y se propone “explorar mecanismos para que su ecuación económica sea más favorable a la comunidad artística”.  Los directores deberán ser ad-honorem y los gastos no pueden representar más del 20% de sus ingresos.

* INAMU y Conabip: Se restringen los gastos del INAMU y Conabip a que no sean mayores al 20% de sus ingresos, sin proponer otros cambios de estructura.

MINUTO UNO.-

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