Familia: perrhijo con régimen de comunicación

Con el objetivo de mantener el vínculo materno-filial que existía, un juzgado de Corrientes consideró a un perro como un ser sintiente y dictó la primera medida cautelar que establece un régimen de comunicación entre los involucrados.

Judiciales21/12/2023TELEDIARIO.COM.ARTELEDIARIO.COM.AR

En la causa "M-------- E------------ L--------- C/A------------ D-------- A----------- S/DERECHO DE COMUNICACIÓN -ANIMAL NO HUMANO-", el Juzgado de Familia N° 4 de Corrientes dictó una medida cautelar para que provisoriamente un perro salchicha de un año pueda compartir tiempo con sus dos dueños.

En el marco de una separación de la pareja, el juzgado ordenó que el perro, de nombre Pope, sea retirado por su dueña los viernes y permanezca con ella hasta el domingo. Ese día volverá con la ex pareja. Ambos decidieron adquirir la mascota luego de separarse y aportaron económicamente para que llegara a sus vidas.

Con la firma de Carolina Macarrein, el fallo se basó en la necesidad de mantener el vínculo materno-filial que existía, considerando a la mascota como un ser sintiente y es la primera medida cautelar de estas características en el país que no se da en el marco de un divorcio.

El perro vivía con su dueño pero la mujer lo veía cotidianamente. Cuando surgieron problemas en la relación, el vínculo se cortó y consecuentemente la dueña no pudo tener más contacto con Pope, por lo que se presentó ante la justicia para revertir esta situación.

Si bien el Código de Familia, Niñez y Adolescencia no establece el derecho de comunicación respecto de los seres afectivos (mascotas), la magistrada entendió que “lo correcto es valorarlos como partes integrantes de la familia multiespecie”.

Con la firma de Carolina Macarrein, el fallo se basó en la necesidad de mantener el vínculo materno-filial que existía, considerando a la mascota como un ser sintiente y es la primera medida cautelar de estas características en el país que no se da en el marco de un divorcio.

El 7 de marzo de 2024 a las 9 horas se realizará a cabo la audiencia. La mujer participará virtualmente y el dueño lo hará presencial.

DIARIO JUDICIAL.-

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